¿Qué es un Alcalde?
Funciona como un gobernador del cantón. Le corresponde velar por temas como obra pública y actividades culturales y además tiene que obedecer las órdenes del Concejo Municipal. Puede hablar en el Concejo Municipal, al igual que los vicealcaldes, pero no vota.
¿Qué se requiere para ser Alcalde Municipal?
- Ser persona costarricense y en ejercicio.
- Estar inscrito electoralmente por lo menos 2 años antes, en el cantón donde ha de servir al cargo.
- Pertenecer al estado seglar.
¿Cuales son las funciones generales del Alcalde Municipal?
- Ejercer la administración general y jefatura de todas las dependencias municipales; vigilando la organización, el funcionamiento, la coordinación y el fiel cumplimiento de los acuerdos municipales, las leyes y los reglamentos en general.
- Proponer al Concejo la creación de plazas y servicios indispensables para el buen funcionamiento del gobierno municipal.
- Ostentar la representación legal de la Municipalidad, con las facultades que le otorgue el Código Municipal y el Concejo Municipal.
- Establecer y priorizar los objetivos, metas y actividades institucionales según los diagnósticos y pronósticos realizados tanto a un nivel externo como en una esfera interna.
- Presentar ante el Concejo Municipal para su discusión y aprobación, los proyectos del presupuesto ordinario y extraordinario de la Municipalidad en forma coherente con el Plan de Desarrollo Municipal.
- Vigilar el desarrollo correcto de las políticas adoptadas por la Municipalidad, el logro de los fines propuestos en el programa de gobierno y la correcta ejecución de los presupuestos.
- Promover el desarrollo local en armonía con el entorno nacional e internacional.
- Mantener una política económica y financiera adecuada, principalmente en cuanto a la recaudación de tributos municipales (impuestos, tasas, contribuciones, contribuciones especiales y precios) y demás ingresos municipales para el desarrollo institucional.
- Enlazar y coordinar las actividades entre la Alcaldía y el Concejo Municipal.
- Asistir con voz pero sin voto, a todas las sesiones del Concejo Municipal.
- Asistir a asambleas, reuniones y demás actos que la Municipalidad realice y requiera la presencia del Alcalde.